Subsecretaria de Gobernación y Descentralización

Dirección Regimen Departamental

Marco Legal

Decreto No. PCM 034-2010 de fecha 27 de julio del 2010 y publicado en la Gaceta No. 32287 de fecha 11 de agosto del 2010. No. de Gaceta: 32-287

Artículo 1.- Reformar el Artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, mediante la adición del Numeral 13.

Dirección General del Régimen Departamental: Responsable de coordinar, enlazar, supervisar, evaluar, fiscalizar y ejecutar todo lo relativo al Régimen Departamental, así como dar seguimiento a las acciones tendientes a crear condiciones de solidaridad, y procurar la convivencia armónica y eficiente entre la población y de ésta con el ambiente, con el objeto de fortalecer la capacidad del ser humano para modular sus intereses; asimismo resolver sus conflictos, o los de éstos con las instancias de gobierno y asimismo resolver sus conflictos, o los de éstos con las instancias de gobierno y regular los eventos públicos y reuniones con fines de lucro; los juegos de envite, a rifas, sorteos y demás similares, con fines de lucro, que no están regulados mediante 4s Leyes, dentro del término departamental, en un ambiente de gobernabilidad; Igual será responsable de apoyar las medidas tendientes a la gestión del riesgo y reducción la vulnerabilidad, así como de velar para que no se explote y aproveche, con fines de lucro, las creencias religiosas o supersticiones; de salvaguardar el respeto a la integridad moral, mental y ética de las personas, fomentando la tolerancia entre éstas y de realizar las demás actividades que para la ejecución de las políticas, estrategias, programas y proyectos establezca la Constitución de la República y las leyes, para garantizar el logro del bien común de la población."

Misión

Somos el ente responsable de coordinar, enlazar, supervisar, evaluar, fiscalizar y ejecutar todo lo relativo al régimen departamental, así como dar seguimiento a las acciones tendientes a crear condiciones de solidaridad y procurar la convivencia armónica entre la población.

Visión

Ser la institución referente en el registro y autorización de las personas naturales o jurídicas que pretendan realizar eventos públicos, promociones, rifas y sorteos y en la censura de películas, conciertos, obras de teatro, televisión, libros, revistas, periódicos, objetos eróticos, modelajes, video juegos y otros que puedan ser transmitidos por medios electrónicos, ya sea de personas naturales o jurídicas, a fin de proteger a la niñez, juventud, la salud, la moral, las buenas costumbres y el orden público; velar para que no se explote y aproveche las creencias religiosas o supersticiones, salvaguardando la integridad moral, mental y ética de las personas.

Objetivo General

La regulación de los espectáculos y de los medios de comunicación social por cualquier medio sean estos hablados, escritos televisados y el uso de las redes sociales, con el objeto de proteger la niñez, la juventud, la salud pública, el orden público y los derechos constitucionales de las personas al honor la intimidad personal y su propia imagen.

Objetivo Especifico

  • Coordinar, enlazar, supervisar, evaluar y ejecutar todo lo relativo al régimen departamental y municipal, con el objetivo primordial de defender a la niñez, juventud y población en general en un ambiente de gobernabilidad para mantener el orden público, seguridad convivencia armónica, integridad moral, física y mental y las buenas costumbres.
  • Regular los eventos, espectáculos públicos y similares, video juegos, juegos de promociones, rifas, sorteos.
  • Censurar todo material audio visual, escritos, televisivo, radial, digital, etc.
  • Apoyar las medidas tendientes a la gestión del riesgos y reducción de la vulnerabilidad.
  • Fortalecer a las y los Gobernadores para que sean enlaces con las Alcaldías y la Sociedad Civil y brindarles asistencia técnica administrativa
  • Velar para que no se explote y aproveche las creencias religiosas o supersticiones dentro del territorio nacional promovidos por persona (s) naturales o jurídicas.

Funciones

  • Dirección del Régimen Departamental: Responsable de coordinar, enlazar supervisar, evaluar, fiscalizar y ejecutar todo lo relativo al Régimen Departamental.
  • Así como dar seguimiento a las acciones tendientes a crear condiciones de solidaridad, y procurar la convivencia armónica y eficiente entre la población y de esta con el ambiente, con el objeto de fortalecer la capacidad del ser humano para modular sus intereses.
  • Así mismo resolver sus conflictos, o los de estos con las instancias de gobierno
  • Regular los eventos públicos y reuniones con (sin) fines de lucro; los juegos de invite, asar, rifas sorteos y demás similares, con fines de lucro; que no estén regulados mediante otras leyes, dentro del término departamental, en un ambiente de gobernabilidad.
  • Igualmente será responsable de apoyar las medidas tendientes a la gestión del riesgo y reducción de la vulnerabilidad,
  • Así como de velar para que no se explote y aproveche, con fines de lucro, las creencias religiosas o supersticiones; de salvaguardar el (es) respetos a la integridad moral, mental y ética de las personas, fomentando la tolerancia entre éstas y de realizar las demás actividades que para la ejecución de las políticas, estrategias, programadas y proyectos establezca la constitución de la Republica y las leyes, para garantizar el logro del bien común de la población.
  • Regulaciones de los espectáculos públicos.
  • La protección a la niñez y juventud, La salud pública y el orden público en relación a los medios de comunicación social, publicaciones escritas y redes sociales.
  • La prevención de contingencias;
  • Coordinación de las Gobernaciones Departamentales con esta Secretaría de Estado.

Boletín Gobierno Solidario

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