Comisiones y Unidades Estratégicas

Unidad de Auditoría Interna

Marco Legal

Decreto No. 10-2002-E - La Gaceta # 29991 del 20 de enero del 2003

Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas

Título XII – Disposiciones Finales y Transitorias

Capítulo I – Disposiciones Finales

Artículo 106. – Auditorías Internas

El nombramiento del jefe de la Unidad y personal auxiliar de las auditorías internas corresponderá al Poder Ejecutivo en la administración centralizada y a las juntas directivas o Corporación Municipal en la administración descentralizada, desconcentrada y municipalidades.  Igual facultad tendrán los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes u órganos estatales creados por leyes especiales. El Tribunal queda facultado para emitir normas generales sobre las auditorías internas, así como para determinar la calificación profesional del personal auxiliar de las auditorías, en relación a la naturaleza de las actividades que competen a la institución respectiva.

Misión

La Unidad de Auditoría Interna tendrá como misión, asistir al titular de la Secretaría de Estado, mediante el ejercicio de actividades de aseguramiento y asesoramiento sobre los procesos de control interno, administración de riesgos y gobierno institucional con el propósito de emitir conclusiones y recomendaciones independientes y objetivas, orientadas a generar valor agregado para la mejora de las operaciones y el logro de los objetivos de eficiencia, eficacia, razonabilidad y transparencia en la gestión encomendada.

Visión

Ser la Unidad referente de la Máxima Autoridad Ejecutiva que con nuestra función de aseguramiento y consulta contribuyamos a que la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización alcance sus metas y objetivos, cumpliendo de manera eficiente y eficaz los procesos de gestión de riesgo, control interno y gobierno institucional.

Objetivos Generales

  • Lograr que todo servidor público sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actuaciones en su gestión oficial.
  • Desarrollar y fortalecer la capacidad administrativa para prevenir, investigar, comprobar y sancionar el manejo incorrecto de los recursos del Estado.
  • Fortalecer los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y combatir los actos de corrupción en cualquiera de sus formas.
  • Supervisar el registro, custodia, administración, posesión y uso de los bienes del Estado.
  • Verificar la correcta percepción de los ingresos y ejecución del gasto corriente y de
  • inversión, de manera tal que se cumplan los principios de legalidad y veracidad.
  • Comprobar que se realizan los controles preventivos que correspondan y poder adoptar las medidas preventivas, para impedir la consumación de los efectos del acto irregular detectado.

Objetivos Específicos

  • Verificar el uso eficaz, económico y eficiente de los recursos, y el cumplimiento de los objetivos y metas incluidos en los planes, programas y presupuestos de la SGJD
  • Verificar que la información financiera y operativa que emita la SGJD sea útil, válida, íntegra, oportuna y confiable.
  • Confirmar que las operaciones de la SGJD se ejecutan de conformidad con las leyes, reglamentos y normas aplicables.
  • Comprobar las medidas de seguridad implementadas por la SGJD para la protección física de sus recursos.

Funciones

  • Examinar y evaluar la planificación, organización, dirección y control interno gerencial u operacional.
  • Examinar la eficacia, eficiencia y economía con que se han utilizado los recursos humanos, materiales y financieros, y verificar que hayan sido aplicados a los programas, actividades y propósitos autorizados.
  • Efectuar el control posterior parcial o total sobre la gestión y el avance físico y financiero de los diferentes proyectos de construcción y el suministro de bienes y servicios que comprometan la utilización de recursos de la entidad.
  • Examinar la confiabilidad, oportunidad y pertinencia de la información financiera y operativa de la entidad.
  • Realizar auditorías o evaluaciones especiales para verificar el cumplimiento legal sobre las operaciones desarrolladas por cualquiera de las dependencias, oficinas u órgano de la entidad.
  • Examinar los medios para salvaguardar los activos y la adecuación de los procedimientos para verificar la existencia, propiedad y conservación de los mismos.
  • Informar los resultados de las evaluaciones a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad, con copia al Tribunal Superior de Cuentas.
  • Informar el avance de las actividades de la UAI y el resultado de los seguimientos a las recomendaciones a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad, al Tribunal Superior de Cuentas y a la ONADICI.
  • Asesorar a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad, en el campo de su competencia, sin afectar su independencia de criterio.

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