Subsecretaria de Justicia

Dirección de Regulación Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC)

Marco Legal

DECRETO EJECUTIVO No PCM-055-2017 publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 34,441 de fecha 12 de septiembre del año 2017, el cual dispone en su artículo 47 numeral 9 lo siguiente: "Las funciones de las Direcciones y demás órganos especializados de esta Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización son las siguientes"   Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles.

Misión

Lograr un registro público confiable que le permita al Estado de Honduras y a la población en general brindar y obtener información veraz y oportuna a través de un adecuado seguimiento a todas las asociaciones. Este registro permitirá garantizar que estos entes de participación ciudadana fomenten el desarrollo integral conforme el interés de la nación y a la vez cumplan el objetivo para el que fueron creadas.

Visión

Ser reconocidos como la Dirección Técnica-Administrativa de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, donde se regula, registra y supervisa todo lo referente a las Asociaciones Civiles de Honduras; enmarcadas en la ley General de la Administración pública y los Acuerdos Ministeriales 393-2016, 441-2016, 453-2016, 307-2017 y demás leyes vigentes en el país, relacionadas con las Asociaciones Civiles.

Funciones 

Acuerdo No 307-2017 publicado en el Diario Oficial La Gaceta No 34,721 de fecha 17 de agosto del año 2018, el cual dispone en su literal segunda lo siguiente: "Establecer como funciones de la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones las siguientes:"

  • Llevar el registro de todas las asociaciones civiles sin Fines de Lucro.
  • Realizar el seguimiento de las Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, a fin que en el ejercicio de sus actividades cumplan con los fines y objetivos para los cuales fueron constituidas y autorizadas.
  • Tendrá a su cargo la inscripción de todas las asociaciones civiles, sus estatutos y sus reformas, cambios de domicilio, elección de Juntas Directivas u órganos de dirección, así como la recepción de estados financieros e informes de actividades.
  • Emisión y firma de constancias de presentación de Estados Financieros, de inscripción de Junta Directivas y de inscripción de las Asociaciones Civiles sin fines de lucro, a las cuales la secretaria de Estado ha reconocido la Personalidad Jurídica.
  • Emitir los informes que le sean solicitados.
  • La Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, para el Desarrollo de todas sus atribuciones se apoyará, además de las diferentes Leyes vigentes en el país, en los Acuerdos Ministeriales 393-2016, 441-2016 y 453-2016.

Boletín Gobierno Solidario

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